El viernes 26 y sábado 27 de julio se declararon días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, de acuerdo con lo dispuesto por el Ejecutivo.
Así lo regula el Decreto Supremo 11-2024-PCM y el 066-2024-PCM, ambos publicados en las normas legales de El Peruano.
De esta manera, se crea un nuevo fin de semana largo ideal para hacer una pausa laboral o en los estudios al sumarse ambos días no laborables a los feriados calendarios del domingo 28 y el lunes 29 con motivo de Fiestas Patrias.
El objetivo principal de los días no laborables es impulsar y fortalecer el turismo interno, instrumento que contribuye a dinamizar la economía local de las diversas regiones y comunidades del país.
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El sector privado
Los centros de trabajo del sector privado se podrán acoger a los días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes establecerán la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas no laboradas. En caso de no llegar a un acuerdo ambas partes, el empleador definirá a forma de compensación.
Las horas dejadas de laborar durante el viernes 26 y sábado 27 de julio se compensarán según corresponda, en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que determine el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
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Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que cumplen servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, determinarán los puestos de trabajo que no se podrán acoger a los días no laborables, pues deben garantizar la continuidad de las prestaciones a la comunidad.
Foto CV