Pleno del Congreso: reducen votos necesarios en el TC para los procesos competenciales

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El pleno del Congreso aprobó hoy, en segunda votación, el texto sustitutorio que modifica el Nuevo Código Procesal Constitucional para reducir de cinco a cuatro el número de votos requeridos en el Tribunal Constitucional (TC) con el objetivo de declarar la inadmisibilidad de una demanda competencial.

De igual forma, se establece que, en los procesos competenciales, la sentencia se obtiene con el voto conforme de cuatro magistrados. En la norma vigente se requería del voto conforme de cinco.

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«En caso de empate, el presidente del Tribunal Constitucional tiene voto decisorio. De no llegarse al número de votos exigidos, se tendrá por infundada la demanda. La sentencia del Tribunal vincula a los poderes públicos y tiene plenos efectos frente a todos», se indica.

El texto sustitutorio aprobado realiza también modificaciones sobre la medida cautelar que se presenta ante el Tribunal Constitucional. Así se determina que la aprobación de la medida cautelar requiere el voto de cuatro votos conformes y ya no de cinco, como fijaba el actual Código Procesal Constitucional.

De producirse empate, según se precisa, el presidente del Tribunal Constitucional tiene voto decisorio para conceder la medida cautelar.

El texto que agrupa 13 proyectos de ley y propone la modificación de los artículos VI y VIII del Título Preliminar y de los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112 de la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional se aprobó en segunda votación con 72 votos a favor.

La semana pasada, en primera votación, la propuesta legislativa recibió 70 votos a favor, 38 en contra y 4 abstenciones.

Para el legislador Fernando Rospigliosi de Fuerza Popular, presidente de la Comisión de Constitución, la iniciativa pretende asegurar que el control judicial no se use como herramienta política contra el Congreso y se respeten los fueros del Poder Legislativo.

En contraposición, el legislador Jaime Quito Sarmiento (Bancada Socialista) mencionó que la propuesta busca el control del Tribunal Constitucional.

Estas modificaciones pasarán al Poder Ejecutivo, que deberá promulgar o devolver al Congreso con observaciones en el plazo establecido. De no ser así, el Parlamento podrá promulgar la norma directamente.

Foto Congreso

 

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