Reforma del Sistema de Justicia: Poder Ejecutivo propone modificar la ley

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El Poder Ejecutivo remitió este jueves al Congreso la iniciativa legislativa que modifica la Ley 30942, Ley que crea el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, a fin de establecer medidas que mejoren el funcionamiento del mencionado Consejo.

El proyecto de ley señala que el presidente de la República preside, de forma indelegable, el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Asimismo, precisa que el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia cuenta con un consejo técnico y un secretario técnico, que recae de manera indelegable en el ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Se detalla que el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia sesiona de forma ordinaria tres veces al año y de manera extraordinaria si lo convoca su presidente. Asimismo, se indica que las decisiones y acuerdo del Consejo se toman por consenso y se publican en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

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El Consejo Técnico forma parte del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia y dispone de una secretaría técnica que recae en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

De esta manera, las modificaciones postuladas en la propuesta normativa con respecto al Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia son las siguientes:

-Se establece que el presidente de la República preside el Consejo de manera indelegable.

-Se determina que el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos actúa como secretario técnico.

-Se reduce el número de sesiones ordinarias anuales.

Respecto al Consejo Técnico para la Reforma del Sistema de Justicia las modificaciones propuestas son estas:

-Se dispone que la secretaria técnica del Consejo Técnico para la Reforma del Sistema de Justicia recaiga en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

-Se incorpora en la formación del Consejo Técnico para Reforma del Sistema de Justicia a la Contraloría General de la República, así como a la Defensoría del Pueblo. Asimismo, se elimina al representante de las rondas campesinas.

-Se precisa que el Consejo Técnico sesiona de manera ordinaria una vez al mes y de manera extraordinaria cuando sea requerido por el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, la secretaria técnica del Consejo Técnico o un tercio del número legal de sus miembros.

Foto Andina

 

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