El Ejecutivo extendió por 45 días calendario el estado de emergencia declarado en 14 distritos de Lima Metropolitana y el Callao, en los cuales la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, según norma publicada en el El Peruano.
El Decreto Supremo 129-2024-PCM, fija que los distritos incluidos en esta ampliación del estado de emergencia, que se inicia el 27 de noviembre, son Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho – Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador de la provincia de Lima del departamento de Lima y en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao.
La norma establece que, durante la prórroga del estado de emergencia en las circunscripciones señaladas, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, respecto a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política.
Añade que la intervención de la PNP y de las FFAA se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional.
Asimismo, según el Título II del Decreto Legislativo 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las FFAA en el territorio nacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 003-2020-DE, respectivamente.
Así como, en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo 002-2023-MIMP.
Foto internet-medios