GUATEMALA.- Una Corte de Apelaciones de Guatemala rechazó un recurso presentado por el ex general golpista José Efraín Ríos Montt, acusado de genocidio, con el que pretendía que se le favoreciera con una ley de amnistía de 1986, informó hoy una fuente judicial.
La Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo penal «resolvió sin lugar» el recurso planteado por Ríos Montt, anunció este jueves el Centro para la Asociación Legal en Derechos Humanos (CALDH), querellante adhesivo en el caso contra el octogenario exmilitar.
«Consideramos de gran trascendencia la resolución», aseguró CALDH, ya que se dio tras «dos años, cinco meses, dieciocho días y más de cien excusas para conocer el tema» por parte de la Corte.
La entidad afirmó que la decisión judicial «deja un precedente más» con respecto de la lucha por «acabar con la impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno en Guatemala«.
Los abogados de Ríos Montt plantearon el recurso con el objetivo de beneficiarlo con el Decreto 8-86 de 1986, que concede amnistía general a toda persona «responsable o sindicada de haber cometido delitos políticos y comunes conexos» entre marzo de 1982 y enero de 1986.
Ríos Montt, quien gobernó Guatemala entre 1982 y 1983 tras un golpe de Estado, es señalado por las autoridades del delito de genocidio por la muerte durante su régimen de facto de 1,771 indígenas ixiles a manos del Ejército del país.
La masacre se registró en uno de los períodos más sangrientos del conflicto armado que azotó a Guatemala entre 1960-1996 y que dejó 200,000 muertos y 40,000 desaparecidos.
El exmilitar, de 89 años, fue condenado el 2013 a 80 años de prisión por genocidio, pero días después el máximo tribunal del país, la Corte de Constitucionalidad, anuló la sentencia por considerar que existieron irregularidades en el proceso judicial.
En agosto pasado, el Tribunal B de Mayor Riesgo programó para el 11 de enero de 2016 el nuevo juicio en contra de Ríos Montt.
Sin embargo, debido a que el acusado padece de demencia vascular irreversible, en caso de ser hallado culpable solo se le podrán aplicar medidas «de seguridad y corrección» y no podrá, bajo ningún concepto, ir a prisión por su estado de salud.