JNE: No procede candidatura de Isaac Humala

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Por unanimidad, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), declaró infundada la apelación del partido Siempre Unidos en torno a la candidatura de Isaac Humala a la vicepresidencia del Perú, que en su momento el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 determinó improcedente.

Según el artículo 107, literal e, de la Ley Orgánica de Elecciones, el cónyuge y los familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del presidente de la República quedan prohibidos de tentar los cargos de presidente y vicepresidente.

En ese sentido, el Supremo Tribunal Electoral, en su Resolución N.° 054-2016-JNE, explicó que este impedimento busca favorecer la igualdad y previene cualquier mal uso del poder a favor de familiares directos o afines por parte de quien ejerce el cargo de presidente de la República, en contra de los demás competidores en el proceso electoral.

Cabe resaltar que esta es la primera vez que el Pleno de este organismo electoral ha tenido la oportunidad de analizar si esta prohibición es proporcional y razonable, así también si favorece el buen funcionamiento de nuestros sistemas de gobierno y electoral.

 

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