SANTIAGO DE CHILE/Valparaíso.- El Senado chileno aprobó hoy la reforma laboral, uno de los pilares del programa de Gobierno de Michelle Bachelet, y quedó listo para ser promulgado pese al anuncio de la oposición de detener el proyecto en el Tribunal Constitucional.
Con 23 votos a favor y 15 en contra, el Senado visó la glosa y quedó listo para convertirse en ley después de más de un año de discusión, y tras superar el mismo paso en la Cámara de Diputados y en las comisiones paralelas.
El martes pasado, la Comisión Mixta despachó el proyecto tras visar las indicaciones objetadas en discusiones previas, como la caracterización de «huelga pacífica» como «huelga» y la obligación de negociación de interempresas en las compañías grandes y medianas.
Según el nuevo articulado, en las empresas chicas esta normativa quedará como voluntaria.
De igual forma, estas indicaciones estipulan que los dirigentes de los sindicatos tendrán acceso a los sueldos de sus afiliados y que ante una huelga de una empresa subcontratista, la empresa principal no podrá contratar a los trabajadores que estaban en paro, considerándolo como práctica desleal.
Esta última indicación fue una de las más polémicas, puesto que el proyecto inicial toleraba el reemplazo de trabajadores en caso de huelga.
La ministra del Trabajo de Chile, Ximena Rincón, señaló que cree «que después de muchos años damos como país la nota cuando hablamos de modernizar las relaciones laborales».
En tanto, la oposición derechista anunció que recurrirá al Tribunal Constitucional (TC) para detener la promulgación del proyecto, ya que consideran que va en contra de la propia legislación.
Los partidarios de la derecha chilena aseguraron que objetarán en el TC la reforma laboral en cuatro materias: titularidad sindical, extensión de beneficios, negociación interempresa y derecho a información de los sindicatos.
Entre los puntos importantes de la aprobación total del recién aprobado estatuto del trabajo está la canalización de la negociación de una empresa, que quedará subyugada exclusivamente al sindicato, y no podrá intervenir un negociador externo.
Asimismo se asegurará el derecho a huelga y se prohibirá el reemplazo externo e interno de trabajadores durante la manifestación, pero los empleados contratados de la empresa paralizada podrán negarse a participar en la medida y continuar con sus labores cotidianas.
El Gobierno chileno hizo hincapié que en caso de que alguno de los contratados haga afectivo su derecho a trabajar para minimizar el efecto de la huelga, este acto será considerado una práctica desleal.
Uno de los puntos que también destacó fue la extensión automática de beneficios obtenidos a una huelga para los trabajadores que tengan una afiliación en un sindicato.
Capitalistas chilenos catalogaron esta medida como capciosa, ya que según el mundo empresarial obligará a los trabajadores a unirse a un sindicato y atentaría contra su libertad.
La promulgación del texto legal quedará suspendida por entre 30 y 45 días, mientras el TC analiza el requerimiento pedido por la oposición.