Barristas: Ley prohíbe entradas gratuitas y preconcentraciones violentas

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Los barristas y el público que asisten a los estadios ya no podrán realizar preconcentraciones violentas y que puedan amenazar la seguridad pública, así como desplazamientos masivos hacia un espectáculo deportivo profesional.

Así lo establece el Reglamento de la Ley 30037, que previene y sanciona la violencia en los espectáculos deportivos, publicado hoy miércoles  en el Diario Oficial El Peruano, mediante un decreto supremo.

La norma resalta que la prohibición de los desplazamientos masivos tiene como propósito evitar disturbios y actos vandálicos, a fin de garantizar así el orden público.

Será la policía la encargada de disolver ese tipo de aglomeraciones, tanto antes como después de la realización de un espectáculo deportivo, indica la ley.

En tanto, los clubes deportivos tendrán que asumir una responsabilidad solidaria en caso de que sus hinchas ocasionen daños materiales y personales dentro del escenario deportivo o en los alrededores.

Para evitar esto, la norma explica que los clubes deberán tener empadronados a los barristas, a quienes deberán entregar un carné de identificación e incluirlos en el Registro Único de Empadronamiento de Barristas, el mismo que estará supervisado por el Ministerio del Interior.

Por otro lado, el reglamento de la ley establece que no se distribuirán entradas gratuitas para los espectáculos deportivos. Las entradas solo podrán ser adquiridas por los hinchas presentando su DNI en los puntos de venta y como máximo cada persona podrá comprar cinco boletos, aunque será necesario presentar los documentos de identidad de todos y cada uno de los que harán uso de esos pases.

Foto internet/medios

 

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