Una ley aprobada por el Congreso de la República faculta al Reniec a tomar la declaración jurada de aquellos ciudadanos que deseen donar sus órganos, asegurándose así que dicha decisión no sea objetada a futuro por parte de familiares o terceros.
Se trata de la Ley 30473, publicada el último miércoles y que modifica varios artículos de la Ley 29471, que promueve la obtención, la donación y el trasplante de órganos o tejidos humanos en el Perú.
«La autorización para la extracción y el procesamiento de órganos o tejidos de donantes cadavéricos se realiza a través de la suscripción de una declaración jurada por parte del titular ante el Reniec«, señala la norma.
Agrega que esta autorización -que debe contener información clara y precisa- solo puede ser revocada por el propio donante y no puede ser objeto de oposición de terceros. En caso de discrepancia entre la declaración del titular (inscrita en su DNI) y la declaración jurada que firmó, se considerará válida esta última antes del fallecimiento del donante.
La ley modificatoria dispone además que el Acta de Consentimiento que tiene a su cargo el Ministerio de Salud (Minsa) continúe bajo su responsabilidad, y que junto con el Reniec, asuman el encargo de elaborar el reglamento en un plazo de 60 días.
La directora de Donación y Trasplante de Órganos del Minsa, Mariella Delgado, saludó esta decisión pues compromete al Reniec a asegurar la decisión del donante de órganos, cuya familia, muchas veces por creencias religiosas o integridad corporal, no la respeta.
“Casi siempre impiden que se ejecute la donación o resuelven que sean solo algunos órganos o tejidos los que se extraigan, cuando sabemos que pueden donarse más de un órgano o tejido para salvar varias vidas”, comentó a la agencia Andina.
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Reconoció que será necesario que el Minsa capacite al personal del Reniec y busque estrategias para garantizar que sea eficiente al tomar la declaración jurada. «Esta situación no puede convertirse en un búmerang que ponga en riesgo la donación voluntaria de órganos«.
“Quizá será más trabajo para el registrador tomar una declaración jurada. Por ello, creemos que será necesario capacitarlos para que conozcan qué es la muerte cerebral o cuáles son las condiciones para donar, entre otras cosas”.
Por ese motivo, el trabajo entre ambas instituciones tiene que ser conjunto pues la norma podría amenazar la donación voluntaria si no se reglamenta bien; las creencias religiosas, por ejemplo, podrían ser una amenaza, comentó la funcionaria.
“La donación de órganos es un asunto social y el personal del Reniec tiene que ser idóneo para asumir esta función”, puntualizó.
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ANDINA