SANTIAGO DE CHILE.- La Corte de Apelaciones de Santiago condenó hoy a prisión a seis exoficiales del Ejército como autores de trece homicidios y tres secuestros calificados (desapariciones), cometidos en la norteña ciudad de Copiapó en octubre de 1973, dentro de la llamada Caravana de la Muerte.
La Caravana de la Muerte era una comitiva militar que tras el golpe de Estado de septiembre de 1973 recorrió Chile y asesinó a cerca de un centenar de presos políticos en diversas ciudades.
La comitiva era comandada por el general Sergio Arellano Stark, quien actuaba como «delegado del comandante en jefe», lo que supone que debía ser obedecido como si fuera el propio Augusto Pinochet.
En un fallo unánime, las tres juezas de la I Sala del tribunal de alzada santiaguino condenaron a dos penas de quince años y un día de presidio cada uno al brigadier Pedro Espinoza Bravo y al coronel Sergio Arrendondo González, como autores de los crímenes.
El también excoronel Patricio Díaz Araneda fue sentenciado a once años de prisión, también como autor, mientras los exoficiales Ricardo Yáñez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina deberán purgar diez años y un día de cárcel.
El caso fue investigado por la jueza especial Patricia González, quien estableció que el 16 de octubre de 1973 llegó a Copiapó la comitiva de Arellano Stark y que ya de noche tomaron a cuatro presos políticos que estaban en el regimiento y a nueve que permanecían en la cárcel de la ciudad.
Luego, los transportaron a las afueras, hasta un punto del desierto, donde procedieron a asesinarlos a tiros.
Así relató los hechos el excoronel Patricio Díaz Araneda a la jueza González: «Retirados los detenidos de la cárcel, que junto a los sacados del recinto militar sumaban trece personas, me dirigí con el camión hacia el sur por la carretera Cinco Norte. Recorrimos un poco más de veinte kilómetros y, en cuanto el terreno me lo permitió, me interné el poniente, aproximadamente unos 200 metros».
«Al bajar los oficiales, les comuniqué cuál era la misión que debíamos cumplir. Los subtenientes me preguntaron si no había forma de no cumplir esa orden, ante lo cual yo les reiteré que no y que la orden debía ser cumplida por cuanto a mí me había sido ratificada», precisó.
«Acto seguido, procedimos a bajar a los detenidos en grupos de tres, los que fueron fusilados por tres de los oficiales, en tanto uno aseguraba la permanencia del resto en el camión», prosiguió.
«El fusilamiento fue rotativo respecto a los participantes, naturalmente en el último grupo fueron cuatro los fusilados. Deseo dejar constancia que, por nerviosismo, no me percaté de que mi fusil estaba en ráfaga y fusilé a dos de ellos en esas condiciones», concluyó.
Los mismos militares trasladaron después los cadáveres al cementerio de Copiapó y los lanzaron a una fosa común.
Otros tres detenidos, Benito Tapia Tapia, Maguindo Castillo Andrade y Ricardo García Posada, fueron sacados al día siguiente del regimiento, presumiéndose que fueron llevados también al desierto y asesinados, ya que sus cuerpos nunca fueron encontrados y figuran como detenidos desaparecidos.
En la parte civil, la Corte confirmó la sentencia que condenó al Estado y los demandados a pagar un total de 6,400 millones de pesos (unos 9.7 millones de dólares) a los familiares de las víctimas.
Durante la dictadura de Augusto Pinochet, según datos oficiales, unos 3,200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1,192 figuran aún como detenidos desaparecidos.
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