BUENOS AIRES.- Un juez argentino rechazó hoy reabrir la denuncia que el fiscal Alberto Nisman presentó en el 2015, días antes de ser hallado muerto, contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien acusaba de encubrir a los sospechosos iraníes del ataque a una mutual judía que dejó 85 muertos en 1994.
El pasado 2 de agosto, la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) pidió desarchivar la acusación planteada por Nisman y que además la entidad fuera aceptada como querellante, al considerar que la sociedad tiene derecho a que se investigue una denuncia que consideraron fue desechada de forma prematura.
En su resolución, según fuentes judiciales, el magistrado Daniel Rafecas, que ya el 2015 decidió archivar la acusación por «inexistencia de delito», algo que fue confirmado por dos tribunales de apelación, sostuvo que las cuestiones que la DAIA presentó en su escrito «revelan una ausencia de reales elementos de prueba» que permitan reabrir la causa.
Nisman, procurador encargado de la investigación del atentado contra la mutual AMIA, que sigue impune, creía que un acuerdo suscrito entre Argentina e Irán en el 2013 y que el Gobierno había asegurado serviría para avanzar en el esclarecimiento del ataque, era en realidad para lo contrario.
El fiscal, quien apareció con un disparo en la cabeza cuatro días después de presentar la acusación contra Fernández y otros altos cargos, creía que con el pacto se pretendía encubrir a los sospechosos del atentado, entre los que se encuentran el expresidente iraní Alí Akbar Rafsanjani, a cambio de impulsar el intercambio comercial de granos argentinos por petróleo de Irán.
Ese polémico acuerdo fue ratificado por el Parlamento argentino con los votos de la entonces mayoría kirchnerista, aunque el documento nunca fue ratificado en Irán tras su firma y no llegó a entrar en vigor, mientras que en Argentina fue luego declarado inconstitucional.
En este sentido, la DAIA señaló en su petición de reapertura presentada a Rafecas que considerara que finalmente quedó firme esa declaración de inconstitucionalidad del pacto.
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Además, la asociación judía expuso la existencia del audio de una conversación difundida en un programa radial entre el entonces ministro de Relaciones Exteriores, Héctor Timerman, también acusado por Nisman, y un dirigente de la comunidad judía, en la que el canciller supuestamente admitía la autoría de Irán en el atentado.
Rafecas, en la resolución de hoy, considera que en la conversación telefónica privada entre Timerman y el dirigente comunitario Guillermo Borger, lo «único relevante a los efectos de esta causa», es que el primero le atribuye a Irán la responsabilidad de haber colocado el explosivo en la sede de la AMIA.
Esto es, continúa el juez, una afirmación, «en términos coloquiales», de la postura que Argentina «ha venido sosteniendo oficial y públicamente» desde el 2006.
«Francamente entonces, no se advierte en que esta conversación puede poner en jaque el sólido edificio fáctico y jurídico, que se evidencia en esta causa, consolidado en las tres instancias penales», subraya.
Respecto al argumento según el cual la declaración de inconstitucionalidad del pacto con Irán «ha quedado firme», Rafecas sostiene que «tanto en la resolución de desestimación de primera instancia, como -especialmente- en la decisión del Superior» quedó «bien en claro» que esa cuestión ya se había «tenido muy en cuenta».
Fuentes conocedoras del caso explicaron a Efe el 2 de agosto que el escrito presentado por la DAIA no aportaba pruebas nuevas.
Por otro lado, sigue sin determinarse si la muerte de Nisman se trató de un suicidio -inducido o no- o de un homicidio.
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