La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), aprobó la norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los agentes de aduana autorizados para operar como despachadores de aduana.
La Resolución SBS N° 4197-2016, señala que corresponde al organismo supervisor velar por el cumplimiento de la Ley, el Reglamento, esta norma y demás disposiciones sobre prevención y detección del lavado de activos.
Para ello no solo sus propios mecanismos de supervisión, sino además podrá contar con el apoyo del oficial de cumplimiento, de la auditoría interna siempre que así lo disponga el estatuto social o la política del sujeto obligado y las sociedades de auditoría externa, de ser el caso.
Los anexos a que se refiere la norma se publican en el portal institucional (www.sbs.gob.pe) y entrará en vigencia el 1 de octubre del 2016.
Asimismo, vía Resolución SBS Nº 4463-2016, se aprobó la norma para la gestión de riesgos y prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados dedicados al otorgamiento de préstamos y empeño.
Además, se dispone que los anexos a que se refiere esta norma se publican en el portal institucional (www.sbs.gob.pe) y estará en vigencia el 1 de diciembre del 2016.
Ambas normas señalan que la UIF tiene la función y facultad de regular -en coordinación con los organismos supervisores de los sujetos obligados- los lineamientos generales y específicos, requisitos, precisiones, sanciones y demás aspectos referidos a los sistemas de prevención del lavado de activos y financiamie