El Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de agravio constitucional planteado por el expresidente de la Federación Peruana de Fútbol, Manuel Burga Seoane, con el fin de que el Ejecutivo se abstenga de extraditarlo a los Estados Unidos.
El recurso había sido presentado por la defensa de Manuel Burga Seoane, contra la Sexta Sala Especializada en lo Penal de Lima, por la tipificación del delito que se le atribuye.
La resolución del Tribunal Constitucional indica en sus fundamentos, que la cuestión de Derecho contenida en el recurso no es de especial trascendencia constitucional «porque se trata de un asunto que no corresponde ser resuelto en la vía constitucional».
«En efecto, el recurrente solicita que el Estado peruano, representado por el Ejecutivo se abstenga de extraditarlo (a Manuel Burga Seoane) a los Estados Unidos de América. Argumenta que los hechos por los cuales se declaró procedente la extradición no constituyen delito de asociación ilícita para delinquir», señala la resolución.
Agrega que en este caso la defensa de Manuel Burga Seoane pretende, vía proceso de hábeas corpus, que la judicatura constitucional se pronuncie sobre si es o no pertinente la tipificación hecha por la Corte Suprema. «Este análisis corresponde a la judicatura ordinaria como así ha sido realizado en el presente caso», precisa.
El fallo del Tribunal Constitucional sostiene que el recurso de agravio incurre en una causal de rechazo y por eso debe ser declarado improcedente sin más trámite.
Tribunal Constitucional declara improcedente hábeas corpus de Manuel Burga https://t.co/6iHHB8yA9K pic.twitter.com/FM2JP3slEI
— Tribunal Constitucional del Perú (@TC_Peru) November 24, 2016
ANDINA/ Video TV Perú