El 43° Juzgado Penal de Lima aceptó en parte el hábeas corpus presentado por la defensa de la primera dama, Nadine Heredia, quien demanda que se archive su investigación por el presunto delito de lavado de activos.
Se establece que Nadine Hereda no puede ser procesada por hechos que ya fueron investigados, por cuanto se vulneraría los derechos constitucionales de la primera dama ya que no puede existir doble persecución y que los hechos decididos constituyen carácter inapelable.
En ese sentido, la primera dama no podrá ser investigada por los depósitos que recibió en sus cuentas bancarias, entre el 20 de octubre de 2005 y 2009.
De esta manera, el 43° Juzgado Penal de Lima aceptó en parte el recurso de hábeas corpus que interpuso la defensa de la primera dama, Nadine Heredia, en contra del fiscal Ricardo Rojas, exencargado de la Fiscalía de Lavado de Activos, por “afectación del derecho constitucional al debido proceso”.
Mediante un comunicado, el Poder Judicial detalló que para la jueza María Niño Palomino, las pesquisas a Nadine Heredia Alarcón por el dinero que recibió ya es cosa decidida y dispone que el Ministerio Público se abstenga de continuar investigando este hecho.
Niño Palomino tomó en cuenta que en el 2010, el entonces fiscal superior, Mateo Castañeda, archivó en segunda instancia la investigación seguida por presunto lavado de activos contra la esposa del mandatario Ollanta Humala.
El pedido fue presentado hace más de tres meses ante la Fiscalía especializada, que despachaba Ricardo César Rojas León, quien le abrió investigación el pasado 29 de enero. (ECHA)