La justicia peruana rechazó este martes el pedido para que prescriba el delito de apología al terrorismo contra Alfredo Crespo Bragayrac Manuel Fajardo Cravero, Alberto Mego Márquez y Oswaldo Esquivel Caycho, dirigentes del grupo proterrorista Movadef.
En un comunicado, se indicó que el Colegiado A de la Sala Penal Nacional, a cargo del juez René Martínez Castro, rechazó el pedido para archivar el caso, que data del 2010.
Las cabezas del Movadef son responsables de la redacción y publicación del Periódico Marxista Leninista Maoísta Amnistía General, de acuerdo con la fiscalía.
La edición del 25 de setiembre del 2010 se vendía el 12 de octubre de ese año cerca de la plaza Bolívar durante una marcha de gremios de trabajadores al Congreso.
Las páginas 6 y 7 de la publicación contenía un «especial» con las fotos de los cabecillas terroristas Abimael Guzmán y Elena Iparraguirre y este texto: «El Dr. Guzmán es el más grande intelectual, filósofo, científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época».
En la resolución, se establece que el pedido del Movadef se rechazó porque, según la sala, el hecho denunciado constituiría un delito y se tipifica de forma conveniente en el Código Penal.
Poder Judicial rechaza archivamiento por apología al terrorismo seguido contra #Movadef. https://t.co/bMwUFhVq3o pic.twitter.com/7asNaxEXMW
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) August 15, 2017
El colegiado sostiene, además, que la inocencia o responsabilidad penal de los procesados será materia recién de pronunciamiento en una sentencia.
En base a eso, el tribunal ratifica el auto de junio del 2016 de la Sala Penal Nacional que declaró infundada la excepción de naturaleza de acción pedida por los representantes del Movadef.
Por este caso, el Ministerio Público ha pedido 12 años de pena privativa de la libertad para los dirigentes del Movadef, así como 360 días multa, la inhabilitación y un pago solidario de 100 mil soles.
Foto Andina/Video TV Perú