Las empresas que incumplan con pagar la gratificación por Navidad (más 9% por aporte a EsSalud) se exponen a multas con montos de entre 182 y 91,125 soles, de acuerdo con el régimen laboral y la cantidad de trabajadores afectados, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
«El plazo para el pago de la gratificación y de la bonificación extraordinaria vence este 15 de diciembre. Su incumplimiento constituyen una infracción grave y de no consignarse en la boleta de diciembre estos pagos constituye una infracción leve», advirtió el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
Si la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) detecta que el empleador no ha pagado la gratificación ni la bonificación extraordinaria, ni consignado estos montos en la boleta de diciembre se aplicará la multa de mayor gravedad.
ESCALAS
Conforme al Decreto Supremo 015-2017-TR, las sanciones se ubican en tres escalas de multas diferenciadas: La primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.
Por ejemplo, para la microempresa la multa mínima será 182 soles y la máxima 1,822.50 soles. En el caso de la pequeña empresa la multa mínima será 364.50 soles y la máxima 18,225 soles. Para la mediana y gran empresa, en tanto, la multa mínima será 931.50 soles y la máxima 91,125 soles, explicó la Cámara de Comercio de Lima.
Las multas para micro y pequeñas empresas que están inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de 4,050 soles, vigente en el 2017.
Multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la gratificación.
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