Keiko Fujimori seguirá siendo investigada por lavado de activos

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La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional desestimó este lunes la solicitud de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y su esposo Mark Vito, para que el Ministerio Público cierre la investigación preliminar por presunto lavado de activos.

De esa manera, el tribunal superior revocó la decisión judicial de primera instancia, dispuesta por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional en noviembre del año pasado, por la cual se dio 10 días al Ministerio Público para que concluya las diligencias preliminares.

En su resolución, el tribunal considera relevante la Disposición 13, del 27 de setiembre del 2017, por la cual el Ministerio Público adecuó esta investigación a las normas contenidas en el Código Procesal Penal y la ley contra el crimen organizado.

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En esta disposición, el Ministerio Público estableció en 36 meses como plazo máximo para la investigación preliminar, la cual se debía computar desde el 8 de marzo de 2016, fecha de inicio de las diligencias preliminares.

“Esta Sala Penal de Apelaciones Nacional considera que tales circunstancias, son motivos válidos para considerar razonable el plazo fijado por el Ministerio Público de 36 meses, como duración de las diligencias preliminares”, detalla la sala en una nota en la web del Poder Judicial.

Sin embargo, agrega que fijar un plazo más allá del mencionado, ocasionaría en este caso arbitrariedad, debido a que distorsionaría la finalidad de las diligencias preliminares y mantendría en un estado de sospecha atemporal a las personas que se investiga.

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Edita Condori Fernández y Sonia Torre Muñoz fueron los jueces superiores que votaron en mayoría.

En tanto, el tercer integrante del colegiado, el juez superior Rómulo Carcausto Calla, se pronunció para que se confirmara la decisión de primera instancia, es decir, dar por terminada la investigación preliminar.

Foto internet/medios

 

 

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