El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Christian Sánchez, informó que unos 2 millones 814,768 trabajadores del sector privado y 156 374 servidores públicos que laboran bajo el régimen 728 recibirán una gratificación por Fiestas Patrias que equivale a una remuneración mensual.
En tanto, 94,609 trabajadores sujetos al régimen laboral especial de la pequeña empresa percibirán media remuneración mensual, mientras, de acuerdo con el Decreto Legislativo 1086, a los 260,866 trabajadores de la microempresa no les corresponderá este beneficio.
La gratificación para los 336,074 trabajadores del régimen agrario (Ley 27360) se considera en su remuneración integral diaria.
Un millón 214,817 trabajadores del sector público cobrarán un aguinaldo de 300 soles.
El plazo para que los empleadores paguen la gratificación por Fiestas Patrias vence el domingo 15 de julio y es impostergable, según el artículo 5 de la ley sobre gratificaciones (Ley 27735) y el artículo 4 de su reglamento (Decreto Supremo 005-2002-TR) que disponen el pago en la primera quincena de julio.
Si el trabajador laboró el semestre completo de este año (enero-junio) recibirá un sueldo de gratificación, aunque si acumuló un tiempo menor el pago será proporcional a los meses completos laborados.
Los trabajadores percibirán una bonificación extraordinaria del 9 por ciento de la gratificación, que se paga con ocasión de la inafectación de la gratificación al aporte a EsSalud. De estar afiliado a una EPS, le corresponderá 6.75%.
El incumplimiento del pago de la gratificación o su pago extemporáneo configuran una falta grave en materia de relaciones laborales.
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