Juez que ordenó interceptaciones ratifica que medida es legal

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El juez, Cerapio Roque Huamancondor, quien dispuso las interceptaciones telefónicas en las que se escucha a jueces en presunta corrupción, expresó hoy jueves que la medida fue legal y no vulneró el derecho de los magistrados, cuya identidad se desconocía en ese momento.

Detalló, en un comunicado propalado en las redes sociales de la Corte Superior de Justicia del Callao, que su despacho accedió a la solicitud de medidas restrictivas de derechos solicitada por la Fiscalía de Crimen Organizado del Callao para un grupo de personas identificadas con alías, número o un único nombre.

En un primer momento, informó el titular de Primer Juzgado del Investigación Preparatoria para casos de corrupción, el levantamiento del secreto de las comunicaciones se vinculaba a investigaciones a una organización criminal denominada ‘Las castañuelas de richi port’, dedicada a presunto tráfico de drogas, extorsión, sicariato y otros.

“Como consecuencia de las interceptaciones telefónicas, la Fiscalía requiere la medida sobre los números telefónicos mediante los cuales se estarían realizando coordinaciones entre el brazo legal de la citada organización y el sistema judicial, quienes vendrían dando información y estarían favoreciendo para lograr la impunidad, pactando reuniones para tal efecto”, señaló el juez Cerapio Roque Huamancondor.

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Su despacho, continuó, aceptó los demás pedidos de la Fiscalía para levantar el secreto de las comunicaciones y ampliar los números comprendidos en la medida, en razón de los hechos presuntamente delictivos que surgían de las interceptaciones telefónicas.

Informó que los pedidos de la Fiscalía se realizaban sobre números presuntamente relacionados con actos delictivos, de personas mencionadas con un nombre, alias o siglas, sin mencionar nombres y apellidos de los comprendidos en la medida, menos sus cargos públicos.

“Incluso la misma representante del Ministerio Público, en otro extremo de su requerimiento, pedía que las compañías de telefonía informen los nombre de los titulares de los números telefónicos comprometidos, extremo que este despacho también estimó”, agregó.

En ese sentido, menciona que su despacho resolvió conforme a ley, sin vulnerar las disposiciones del proceso por razón de función pública, pues se desconocía los nombres o los cargos de los titulares de las líneas telefónicas comprendidos en los presuntos actos delictivos.

“La fiscal del caso, una vez tomado conocimiento de los mismos, cumplió con elevar el caso al órgano competente para los fines de inicio del proceso especial respectico, siendo, por lo tanto, fueron licitas las medias dictadas”, finalizó.

Según el juez César Hinostroza Pariachi, las interceptaciones telefónicas que contribuyeron a conocer sus conversaciones no pueden ser autorizadas por un juez de investigación preparatoria a pedido de la fiscal, por su condición de magistrado supremo.

 

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