Indecopi sanciona a Taxibeat y a Maxi Mobility con más de un millón de soles

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Indecopi sancionó, en primera instancia, a Taxibeat Perú S.A. y Maxi Mobility Perú S.A.C, por infringir las normas de protección al consumidor, luego de una investigación de oficio.

Estas empresas deberán pagar 276.92 UIT equivalente a 1 163 064 (un millón ciento sesenta y tres mil sesenta y cuatro soles).

La sanción, de acuerdo con Indecopi, es por ofrecer un servicio carente de idoneidad debido a que no garantizaron la seguridad de los usuarios.  A ello, se sumó otra sanción por incluir disposiciones calificadas como abusivas en sus ‘Términos y condiciones’ y ‘Condiciones generales de uso y aviso legal’.

Según las investigaciones realizadas por la Comisión de Protección al Consumidor 3 Indecopi, se verificó que estas empresas no observaron todas las etapas de sus propios procedimientos de selección de conductores, como la revisión de antecedentes de los conductores, récord del conductor y el requerimiento de licencia de conducir y SOAT.

En el caso de Taxibeat, se incumplieron las etapas referidas al requerimiento del SOAT (seguro obligatorio de accidentes de tránsito), verificación de licencia de conducir y la revisión de antecedentes policiales y judiciales, se indica.

En el caso de Maxi Mobility Perú S.A.C. no se incumplieron las etapas referidas al examen sicométrico, la revisión de antecedentes policiales, penales, judiciales y el récord del conductor, además del requerimiento del SOAT.

De acuerdo con las resoluciones de la CC3, esta conducta constituye una infracción a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en el cual se dispone que el proveedor responde, entre otros, por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos.

Foto Andina

 

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