El Ministerio de Educación (Minedu) creó el cargo de director de Red Educativa Rural (RER), para cuyo ejercicio se requiere el título de profesor o licenciado en educación.
El objetivo es mejorar la calidad del servicio educativo en las instituciones educativas rurales, en su mayoría unidocentes y multigrado, donde el director es a la vez docente con una o más aulas a cargo.
El profesor o licenciado en educación debe además ubicarse como mínimo en la III escala magisterial.
Para el caso de las redes educativas rurales integradas por Instituciones Educativas Intercultural Bilingüe (II.EE.EIB), debe estar en el Registro Nacional de Docentes Bilingües en Lenguas Originarias, como establece la Resolución Ministerial 526-2018-MINEDU de setiembre de 2018.
La implementación de este cargo está sujeta a la modificación de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su reglamento respectivo, por lo que de forma provisional se implementan los puestos de Coordinador de Red Educativa Rural y Coordinador Administrativo de Red Educativa Rural, según se indica.
El primero es responsable de las funciones de gestión y coordinación con los directores que integran la red (hasta diez instituciones educativas), y el segundo ofrece apoyo administrativo a los directores a fin de que se dediquen a actividades pedagógicas.
Son 110 RER que operan en siete regiones (Áncash, Loreto, Ucayali, Apurímac, Huánuco, Cusco y Puno) con la participación de 27 Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), 1,341 centros educativos, 4,109 docentes y 54,920 estudiantes.
Foto Andina