Fernando Tuesta Soldevilla, expresidente de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, aseguró que con el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo al Congreso para adelantar las elecciones sí se puede llegar a un cambio de mando para julio del 2020.
“Con este proyecto de ley si es posible llegar a un cambio de mando para julio del 2020. Lo es, sobre todo, por la Quinta Disposición Transitoria que permite liberar los plazos consignados en la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas”, indicó el analista político en redes sociales.
De las cuatro leyes de reforma política que el mandatario Martín Vizcarra debe promulgar: inscripción y cancelación de partidos; financiamiento partidario; paridad y alternancia; y democracia interna, esta última no se podría aplicar, “pues el calendario electoral no lo permite”, de acuerdo con Fernando Tuesta.
Adelanto de elecciones: Ejecutivo presentó proyecto al Congreso
“Todo lo anterior solo será posible si el Congreso aprueba el proyecto de ley en un plazo corto, que no debiera ser más allá de agosto. Ahora todo está en sus manos”, expresó.
Fernando Tuesta Soldevilla mencionó, sin embargo, que la fecha de las elecciones se debió plantear para el segundo domingo de mayo y no tercer domingo de abril.
Dijo que el plazo resulta ajustado, más si se tiene en cuenta que el referéndum confirmatorio de la propuesta de reforma constitucional “difícilmente se realizará antes de diciembre de este año.
“Al lado de estas modificaciones, el Ejecutivo debe facilitar el trabajo de los organismos electorales con medidas que les permitan contratar y comprar bienes y servicios, en plazos cortos”, detalló Fernando Tuesta.
ADELANTO DE ELECCIONES. El Ejecutivo ha presentado al Congreso el proyecto de ley de adelanto de elecciones:
1) Se aclara que el presidente Martín Vizcarra no puede ser candidato el 2020.
2) Término del mandato del Presidente de la República y el Congreso, 26/7/2020. Hilo (1)— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
3) Las elecciones se realizarían el tercer domingo de abril del 2020. Los demás plazos de ley, no se aplican para esta oportunidad, con lo que se facilita la organización.
4) Los elegidos, ocuparán sus cargos por 5 años, es decir hasta el 2025. (2)— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
5) Las leyes de reforma política se aplican, siempre y cuando no colisionen con el calendario electoral.
Con este proyecto de ley, sí es posible llegar a un cambio de mando para julio del 2020. Lo es sobre todo, por la 5ta disposición transitoria, q permite liberar los plazos (3)— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
consignados en la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas. Creo que la fecha de las elecciones debió ser el segundo domingo de mayo y no tercer domingo de abril, pues el plazo resulta ajustado, teniendo en cuenta que el Referéndum, difícilmente se..(4)
— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
realizará antes de diciembre de este año. Al lado de estas modificaciones, el Ejecutivo debe facilitar el trabajo de los organismos electorales con medidas que les permitan contratar y comprar bienes y servicios, en plazos cortos. De las cuatro leyes de reforma política que (5)
— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
el presidente debe promulgar, inscripción y cancelación de partidos políticos, financiamientos, paridad y alternancia y democracia interna, esta última no podría aplicarse, pues el calendario electoral no lo permite. Todo lo anterior solo será posible, si el Congreso (6)
— Fernando Tuesta Soldevilla (@tuesta) July 31, 2019
aprueba el proyecto de ley en un plazo corto, que no debiera ser más allá de agosto. Ahora todo está en sus manos (7)
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