Si maneja en estado etílico o bajo los efectos de las drogas será multado con S/ 2,150 soles, suspensión por tres años del brevete, internamiento del vehículo y retención del permiso de manejo.
El Ministerio de Transportes y comunicaciones (MTC) recuerda el procedimiento de sanción a un presunto conductor infractor. Aquí las pautas:
El proceso comienza con la imposición de una papeleta de infracción al tránsito elaborada por la Policía Nacional. En caso la infracción amerite una retención de la licencia de conducir se mantendrá a buen recaudo el tiempo que dure el procedimiento administrativo sancionador. Por lo tanto, en ese lapso, no se puede obtener un duplicado de la licencia.
El Reglamento Nacional de Tránsito regula las competencias fiscalizadoras y sancionadoras respecto a las infracciones de tránsito. La competencia de fiscalización está asignado a la PNP y la competencia de sanción a las municipalidades provinciales, siempre y cuando el hecho se suscite en algún departamento del Perú.
Si es que la infracción ocurre en Lima Metropolitana es competencia de la Municipalidad de Lima (SAT-Lima) realizar las sanciones.
En ambos casos (Lima y provincias), las sanciones pueden culminar con la suspensión, cancelación o inhabilitación de la licencia de un conductor, según se establezca en el Reglamento de Tránsito.
Casos graves
Si manejas en estado etílico o bajo los efectos de las drogas, o te niegas a pasar por el dosaje respectivo, serás multado con 2,150 soles, suspensión por tres años del brevete, internamiento del vehículo y retención del permiso de manejo.
El Ministerio de Transportes monitorea y coordina con las municipalidades provinciales y la Policía Nacional para asegurar el cumplimiento del Procedimiento Administrativo Sancionador.
Mayor información en el Manual del Conductor:
https://www.gob.pe/institucion/mtc/informes-publicaciones/345112-manual-del-conductor