Con el fin de asegurar el abastecimiento de alimentos, bebidas y medicinas, así como la continuidad de los servicios básicos durante el Estado de Emergencia Nacional, el Ministerio de la Producción (Produce) ha autorizado a las empresas vinculadas a dichas actividades el desplazamiento de sus trabajadores.
En ese sentido, el Produce emitió la relación de empresas autorizadas para el desplazamiento de su personal, así como el transporte de los insumos ligados a su producción.
La Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas otorgarán las facilidades para el tránsito del personal de estas empresas de la cadena productiva, dado que no puede paralizarse estas actividades industriales.
Cabe indicar que hoy el Gobierno oficializó la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 20.00 horas hasta las 05.00 horas del día siguiente durante la vigencia del estado de emergencia decretado para evitar la propagación de coronavirus.
Según el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, publicado esta tarde en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, están exceptuadas de la medida el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud y medicinas.
También el personal que participa en la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
Relación de empresas autorizadas para el desplazamiento de su personal: