Osiptel: Operadoras solo atenderán averías que interrumpan el servicio

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El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) estableció que las empresas operadoras solo atenderán averías que interrumpan el servicio durante el periodo de aislamiento social.

Así lo indica la Resolución de Consejo Directivo 00045-2020-CD/OSIPTEL publicado hoy en el diario oficial El Peruano, titulado “Medidas adicionales y temporales para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones durante el aislamiento social.”

La norma señala que las empresas operadoras solo pueden realizar, atenciones de averías que imposibiliten la prestación del servicio, caídas o interrupciones del servicio.

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En dicho contexto, las empresas operadoras deben priorizar la telesupervisión

“Solo en el caso en el que las empresas operadoras no hayan podido dar una solución remota, se podrá realizar una visita al domicilio del abonado cuyo servicio se ha interrumpido o presenta averías que impiden la prestación del servicio”, precisa el Osiptel.

Seguridad

También la resolución señala que, para el caso de visitas a los lugares de instalación o prestación del servicio, las empresas operadoras de los servicios públicos de telecomunicaciones deben seguir protocolos de seguridad, según las recomendaciones y normativas emitidas por el Estado, específicamente, el Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo, y el Osiptel.

La norma también se publica con su informe sustentatorio en el portal institucional de Osiptel (https://www.osiptel.gob.pe).

La resolución lleva la rúbrica del presidente del Consejo Directivo, Rafael Muente Schwarz.

ANDINA

 

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