La inmovilización social obligatoria para todos los ciudadanos a nivel nacional vuelve los días domingos, pero hay actividades que no pararán sus funciones.
Según el Decreto Supremo 139-2020-PCM, emitido hace unos días por el Gobierno, durante la inmovilización social obligatoria del domingo puede circular el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de las siguientes actividades:
– Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
– Salud.
– Servicios financieros.
– Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).
– Continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas.
Domingo: Transporte público solo para quienes presten labores esenciales
– Limpieza y recojo de residuos sólidos.
– Servicios funerarios.
– Transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
– Transporte de caudales, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
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– Farmacias, droguerías y boticas pueden brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.
– Prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.
La norma también permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos.
ANDINA