La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado declaró infundada la recusación planteada por la defensa técnica de Keiko Fujimori en contra del juez Víctor Zúñiga Urday para que sea apartado de la investigación por los aportes que habría recibido de Odebrecht.
La decisión de la sala indica que Zúñiga Urday, a cargo del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, viene investigando a la excandidata presidencial por la presunta comisión del delito de lavado de activos agravado por organización criminal, en agravio del Estado peruano.
Según lo resuelto por la sala a cargo del juez César Sahuanay, la recusación al magistrado se basa en un supuesto «adelanto de pronunciamiento» respecto a la supuesta comisión del ilícito investigado al resolver un pedido de ampliación de prisión de Pier Figari.
«Señala la recusante que (…) el juez Zúñiga Urday (…) se adelantó a los argumentos de las partes e infirió que el representante del Ministerio Público demostraría cómo es que la imputación se ha fortalecido en contra de los investigados, entre ellos mi patrocinada Keiko Fujimori Higuchi, por tanto, concluye que el juez ha perdido imparcialidad», indica el documento.
Asimismo, refiere que otro argumento de la recusación plantea que al declarar fundando el requerimiento de ampliación de prisión preventiva contra Figari Mendoza, el juez Zúñiga Urday «utilizó un argumento claramente en contra de todos los investigados».
«El colegiado no aprecia la conexión de este argumento con alguna afectación que incida en los intereses procesales de la investigada Keiko Sofía Fujimori Higuchi», añade.
En ese sentido, la sala agrega que un juez de investigación preparatoria, en el contexto de una prolongación de una prisión preventiva, «tiene que referirse necesariamente a la pluralidad de investigados como una causal de especial dificultad en la investigación o prolongación de la investigación o del proceso».
ANDINA/ Foto EFE