Minedu aprueba retorno parcial a clases en zonas rurales con nulo o bajo nivel de covid-19

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El Ministerio de Educación actualizó las disposiciones para el regreso parcial a las aulas en zonas del ámbito rural donde la incidencia de covid-19 sea nula o mínima o, en todo caso, se haya reducido de manera considerable.

Así tomando todas las medidas de seguridad sanitaria, los estudiantes recuperarán de manera gradual presencialidad en el servicio educativo.

Así lo determinan las disposiciones para la prestación excepcional del servicio educativo semipresencial en las instituciones educativas públicas de educación básica de los niveles de educación primaria y secundaria, y de educación básica alternativa, en el ámbito rural, aprobadas a través de la Resolución Ministerial 430-2020-MINEDU, que derogó la Resolución Ministerial 229-2020-MINEDU.

La norma, publicada en El Peruano, establece que el servicio educativo semipresencial se puede realizar de forma excepcional en las instituciones educativas del ámbito rural ubicadas en un distrito que presenta una tasa de casos nuevos covid-19 menor a 1 por cada 1.000 habitantes en las tres semanas anteriores a la fecha en que se otorga la autorización y con cero casos de decesos de covid-19 en el mismo periodo.

La resolución determina un conjunto de condiciones mínimas que son de cumplimiento obligatorio y concurrente, entre ellas, que todo el personal de la institución educativa que participará en el servicio semipresencial cuente con un despistaje negativo de covid-19 que no sea mayor a tres días antes del inicio de la prestación del servicio y, además, que no pertenezca al grupo de personas de riesgo, según la normativa del Ministerio de Salud (Minsa).

La resolución también considera como requisito que la comunidad educativa haya mostrado su conformidad para la prestación del servicio educativo semipresencial bajo cualquier medio que permita su verificación.

En el caso de escuelas en comunidades campesinas, indígenas o amazónicas, se deberá contar con la autorización de las autoridades comunales o políticas, organizaciones indígenas o de base, según corresponda.

Foto Andina

 

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