El Osinergmin varió diversos procedimientos de facturación aplicados al servicio de gas natural, como parte del aceleramiento de la masificación del uso de este hidrocarburo en los sectores domiciliario e industrial.
El objetivo es establecer nuevos conceptos, adecuar, precisar y/o modificar otros, con el consiguiente beneficio que reportará a los usuarios, concesionarios y demás agentes intervinientes en el servicio público de distribución de gas natural.
Mediante Resolución del Consejo Directivo 193-2020-OS/CD, publicada en El Peruano, se fijan diversas modificaciones tarifarias, como que el concesionario determinará el pliego tarifario aplicable a las categorías de consumidores conforme al marco normativo vigente y enviará a Osinergmin copia suscrita por su representante legal.
Asimismo, se establece que las cantidades de gas o las capacidades de transporte contratadas deben ser acordes con la demanda de los consumidores y de existir costos ineficientes ocasionados por una cantidad de gas natural o capacidad de transporte sobredimensionada, atribuibles a errores de planificación o a estrategias empresariales del concesionario, estos deben ser de su entera responsabilidad y no ser trasladados a los consumidores.
Foto Andina