El Tribunal Constitucional declaró este jueves improcedente la demanda competencial sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
Según mencionó a RPP, la titular de ese organismo, Marianella Ledesma, cuatro magistrados consideraron que el Tribunal Constitucional no tiene por qué pronunciarse sobre el tema al apelar a la figura de la sustracción de la materia.
Estos magistrados fueron Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Sardón y Taboada.
En tanto, Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos y Ledesma, como ponente del caso, consideraron que la demanda se debió declarar procedente, debido a que hubo un uso indebido de las competencias del Congreso, y debía regularse la causal y generar un procedimiento con garantías, a fin de evitar futuras crisis sociales y políticas.
La titular del Tribunal Constitucional adelantó que este viernes por la tarde se publicará la sentencia.
Dijo no compartir lo decidido por la mayoría, teniendo en cuenta que la labor de los magistrados es interpretar las normas y la Constitución tiene un texto abierto, frente a lo cual corresponde cerrar discusiones.
«Era el momento de por lo menos zanjar la discusión», expresó Mariaella Ledesma.
“Hemos perdido la oportunidad histórica, como tribunal, de dejar una sentencia que deje huella en la labor de los congresistas cuando ejerzan el proceso de vacancia», añadió a RPP.
Consideró, además, que era responsabilidad del Tribunal Constitucional establecer reglas como el aumento de votos, o que en el último año de gestión no haya vacancia o que las causales sean más acotadas.
Comisión especial
Consultada sobre la comisión especial del Congreso a cargo de la selección de magistrados del Tribunal Constitucional recordó que el Parlamento tiene una tarea urgente y está en sus competencias, pero desde hace más de un año no lo cumplen.
«Lamentablemente la forma cómo se venía haciendo (la selección) no era la más transparente o correcta, pero eso no debe llevar al Congreso a que deje de cumplir su misión», expresó.
Foto Andina/ Video RPP