El Ministerio de Salud publicó el reglamento de la Ley 31091 que autoriza a las entidades privadas comercializar las vacunas contra el covid-19.
Mediante el artículo 3 de la ley, se determina que la “adquisición y distribución de medicamentos y vacunas para el tratamiento curativo y preventivo del coronavirus SARS-CoV-2, así como de otras enfermedades que generen emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la OMS” son de utilidad e interés nacional.
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Por su parte, el artículo 6 del texto establece que se otorgará un registro sanitario condicional que faculta “su fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, expendio o uso”.
Según se detalla, estos medicamentos serán “gratuitos y universales para todos los habitantes del país en los establecimientos públicos de salud”.
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