Es delito publicar voto y obligar a votar en un sentido u otro

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El jefe de la ONPE, Piero Corvetto, recordó que es un delito publicar el voto y obligar, bajo violencia o amenaza, a sufragar en uno u otro sentido.

“En caso seas víctima de cualquiera de estos dos delitos, debe denunciarlos ante el Ministerio Público. Votemos Perú”, señaló en un mensaje colgado en las redes sociales del organismo electoral.

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En el mismo sentido, se pronunció el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) al precisar que ambos delitos están contemplados en el Código Penal y en la Ley Orgánica de Elecciones.

El artículo 358 del Código Penal establece que constituye delito dar a publicidad el sentido del voto el día del sufragio. Se indica asimismo que quien infrinja esta prohibición se reprimirá con pena privativa de la libertad no mayor de un año, o con prestación de servicio comunitario.

De igual modo, el Jurado Nacional de Elecciones recordó que el artículo 7 de la Ley 26859 determina que “el voto es personal, libre, igual y secreto”.

El artículo 382 del Código Penal señala que recibirán pena privativa de la libertad no menor de un mes ni mayor de un año quienes intenten conocer el voto de un elector “o de obligarlo a votar por determinado candidato”.

Foto Twitter

 

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