Luego que el Gobierno oficializó la entrega de una ayuda económica individual de 350 soles, que permitirá a cada hogar recibir como mínimo 700 soles, hay mucho interés por conocer los por menores de la norma que aprobó el Bono Yanapay Perú.
Esta ayuda económica se aprobó con el Decreto de Urgencia Nº 080-2021, que tiene como objetivo reducir el impacto negativo en la economía de los ciudadanos afectados por las medidas implementadas a nivel nacional para hacer frente al covid-19.
Beneficiarios
Según la norma se otorgará de forma excepcional y por única vez un subsidio monetario individual de 350 soles a favor de personas mayores de edad que forman parte de los hogares que cumplan las siguientes características:
– Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
– Hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres (Juntos) y hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y el Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza (Contigo).
– Hogares cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa
Cabe indicar que, para ser beneficiario del bono, el ingreso total de dichos hogares no debe superar los 3,000 soles, de acuerdo a la información disponible de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la Sunat, el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, o la planilla privada.
Cobro adicional
Asimismo, se otorgará 350 soles adicionales a las personas beneficiarias en cuyo hogar no haya otra persona adulta, pero que al menos tenga un menor de edad, con lo cual cobrará 700 soles en total.
Están exceptuados de dicho beneficio los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, y de los programas Pensión 65, Juntos y Contigo.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), según las pautas técnicas establecidas y en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir de mañana, remitirá al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) el registro de ciudadanos elegibles para el subsidio monetario autorizado.
Los padrones de los ciudadanos beneficiarios pueden ser actualizados mediante Resolución Ministerial del Midis, sin demandar recursos adicionales del monto total de financiamiento en el mencionado decreto de urgencia (3,000 millones 763,570 soles).
Apertura de cuentas
El otorgamiento del subsidio monetario se realiza a través del Banco de la Nación, así como de todas las demás empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico del país, por medio de sus canales de atención, pudiendo inclusive usar tarjetas, en todos los casos sin cobro de comisiones o gastos para los beneficiarios.
El decreto de urgencia establece que las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de beneficiarios identificados, sin necesidad de la celebración de un contrato y su aceptación por parte del titular.
Las mencionadas empresas pueden compartir información de identificación de la cuenta o cuentas prexistentes de los beneficiarios, incluyendo el Código de Cuenta Interbancario (CCI); lo cual está exceptuado del alcance del secreto bancario
Las cuentas bancarias pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos. También pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico, cuando éstas no mantengan saldo por un periodo mínimo de seis meses o a solicitud del titular.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, conforme a sus competencias, establece las características y condiciones adicionales para la apertura, uso y cierre de estas cuentas, a través de normas reglamentarias.
Fechas de pago
La semana pasada, la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Dina Boluarte, anunció que el pago del Bono Yanapay Perú, de 350 soles por cada persona vulnerable ante la pandemia de covid-19, comenzará el 8 de setiembre con el grupo de beneficiarios de los programas Pensión 65, Juntos y Contigo.
El segundo grupo incluye a personas con cuentas bancarias, billetera digital, cuenta DNI y banca celular, cuyo pago comenzará el jueves 23 de setiembre.
El tercer grupo considera a las personas vulnerables que viven en comunidades rurales con sistemas financieros, las que recibirán desde el 28 de setiembre el subsidio a través de los carritos pagadores y habrá pago a domicilio para personas mayores de 80 años o discapacidad severa.
El cuarto grupo incluye a personas que no tienen cuenta bancaria y recibirán el subsidio desde el 23 de diciembre, para lo cual deben acercarse a las ventanillas del Banco de la Nación.
Cabe indicar que el total de beneficiarios de Yanapay Perú es de 13 millones 584,309 personas, quienes podrán cobrar ese bono hasta el 30 de abril del 2022.
Fuente: Andina – Video RPP