La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) asignó al Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera la función de dirigir, en el marco de sus facultades y en coordinación con los órganos competentes, la supervisión del cumplimiento de las tasas de interés máximas cobradas por las empresas del sistema financiero, según lo que establezca el Banco Central de Reserva (BCR) acorde con la Ley 31143.
La norma 31143 es la Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros.
La medida se dispuso mediante Resolución SBS 02525-2021, publicada en el diario El Peruano este sábado 28 de agosto, que establece precisiones a las funciones señaladas en el reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia.
Se encarga a la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera que, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Organización, desarrolle en 45 días calendarios una propuesta de nueva estructura organizacional, asignación de recursos y plan de actividades, para su aprobación en la instancias pertinentes y posterior incorporación al reglamento de Organización y Funciones.
Ello a fin de que permita la adecuada implementación de la función de supervisión del cumplimiento de tasas de interés máximas que establezca el BCR a las empresas del sistema financiero.
Se dispone además, la asignación de la función de integridad en concordancia con la resolución de la Secretaría de Integridad Pública 001-2019 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública, al Departamento de Gestión de Riesgos Internos de la Gerencia de Planeamiento y Organización.
También, se fija la asignación de la función de dirigir en el marco de sus facultades y en coordinación con los órganos competentes, la supervisión y la evaluación de la idoneidad moral de los organizadores, accionistas, beneficiarios finales, directores, gerentes y principales funcionarios de las empresas supervisadas, así como de aquellas en proceso de licenciamiento al Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos.
Se determina encargar a la Gerencia de Planeamiento y Organización para que proceda con la actualización del reglamento de Organización y Funciones, los manuales de Organización y Funciones y los documentos normativos internos que correspondan en coordinación con la Superintendencia Adjunta de Riesgos, la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera y la Gerencia de Gestión Humana.
Se establece que para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente, la Superintendencia Adjunta de Riesgos deberá entregar a la Gerencia de Planeamiento y Organización, información para la formulación del reglamento de Organización y Funciones en el plazo de 30 días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.
Así como el proyecto de manual de Organización y Funciones, debidamente concordado y alineado al reglamento de Organización y Funciones en el plazo de 45 días calendario, contados desde de la entrada en vigor de la presente resolución.
Se dispone dejar sin efecto otras disposiciones que se opongan a la presente resolución.
Fuente: Andina