La reciente historia del zorro andino Run Run, que captó la atención de gran parte de la población, puede convertirse en una gran oportunidad para conocer más sobre lo que significa ser un animal silvestre y por qué no deberían estar fuera de su hábitat natural, como es el caso de los loros, que tampoco deberían vivir en jaulas o viviendas, como muchos acostumbran.
La directora de Fauna Silvestre de Serfor, Jessica Gálvez-Durand, explica que se denomina animal silvestre a aquel que tiene millones de años de evolución y la mano del ser humano no ha intervenido para nada en su desarrollo como especie.
También es un animal silvestre el que forma parte de un ecosistema (andino, costero o amazónico) y cumple la misión de preservarlo, “limpiarlo” de otros animales, para evitar una sobre población que lo amenace.
En el caso de los zorros andinos como Run Run ( Lycalopex culpaeus), ellos se encargan de realizar el control biológico del ecosistema al que pertenece debido a que se alimentan de roedores, aves y lagartijas. Mientras que los loros y guacamayos cumplen la tarea de dispersar las semillas que van encontrando para su alimentación, acota.
“Las semillas se adhieren a sus plumas y pico, las esparcen en cada vuelo o cuando pasan por su tracto digestivo, de esta manera mantienen la biodiversidad en la naturaleza y la regeneración de vegetales y plantas”, comenta Gálvez-Durand, a la agencia Andina.
La especialista sostiene que la condición de silvestre es inherente al animal, es natural, como el zorro.
El perro, en cambio, se ha convertido en una especie domesticada hace miles de años por el ser humano y hoy está a su servicio, acompañándonlo, cuidándolo, ayudándolo en la detección de algunas enfermedades o evitando el tráfico de drogas. «Las vacas, ovejas, inclusive los caballos, también han sido domesticados”, señala.
Por qué es ilegal tener en casa un animal silvestre
Para la vocera de Serfor es ilegal que se obtengan animales silvestres secuestrados de su hábitat, alejados de sus congéneres y luego comercializados en el mercado negro o la calle, como ocurrió con el niño que compró al zorrito andino Run Run en el Mercado Central por S/ 50 soles.
Es ilegal también, que la “mascota” elegida pertenezca a una especie no autorizada por Serfor para su venta o se encuentre en peligro de extinción, precisa.
Ante esta situación, la institución dispuso la creación de zoocriaderos, que en el Perú suman 47 a escala nacional, a fin de garantizar la venta legal de animales silvestres, que no están en peligro de extinción y pueden ser manejados en cautiverio, como algunas tortugas, iguanas, caimanes, loros y tucanes.
Sin embargo, existen algunos loritos, como el periquito de cara amarilla o pacha loro, loro de ala negra, loro de cara roja, entre otros, amenazados por el tráfico ilegal, según el Libro Rojo: Fauna silvestre amenazada del Perú. Estos no pueden ofrecerse en los zoocriaderos.
“La presencia de loros en muchos hogares está normalizada. A pesar de que se les pueden encontrar en algunos zoocriaderos o parques de Lima, como el Campo de Marte; es mejor que continúen en su hábitat natural porque necesitan espacio para volar y no en jaulas pequeñas”.
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Por el contrario, las aves de presa, como el cóndor y el águila arpía -en peligro de extinción actualmente- tienen un manejo diferente. Debido al riesgo de que desaparezcan, Serfor ha autorizado la creación de un criadero de reproducción para asegurar su conservación.
Los zoocriaderos deben cumplir condiciones adecuadas para el manejo de los animales silvestres y deben contar con autorización para comercializar los animales de forma legal. De esta manera, todos las especies recluidas allí cuentan con un espacio amplio para su cuidado, y recursos económicos para asegurar su alimentación y evaluación veterinaria cada tres o seis meses, según sea la especie.
Qué dice la ley
El principal objetivo del tráfico ilegal de animales silvestres vivos es el “mascotismo”, explica Gálvez-Durand, en algunos casos para satisfacer los deseos de tener su propia colección de animales silvestres en el país o a nivel internacional.
El Decreto Supremo D.S 019-2015/ Minagri establece el reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre N°29763, para la gestión de la fauna silvestre,.
Dicha norma precisa que cazar, capturar. colectar, poseer, adquirir, ofrecer para la venta animales silvestres o vender, transformar, almacenar, comercializar, importar o exportar productos de fauna silvestre son infracciones muy graves, plausibles de sanciones y/o multas.
Las penas van desde el decomiso de los animales silvestres o productos generados por ellos, hasta el pago de una multa de 22 millones de soles (5,000 UIT).
“Lo importante es que la gente comprenda que por más cariño que se le tenga al animal silvestre, este necesita estar en contacto con la naturaleza. Nuestro hogar nunca será el suyo. Si algunos logran adaptarse al ser humano es por necesidad de protección, no porque lo deseen».
Gálvez- Durand recordó que en el Perú se trafican diariamente 442 especies de animales silvestres y que ante esa situación, Serfor impulsa de manera permanente la campaña: Si compras, eres cómplice a fin de evitar que más personas se vean tentadas a comprar estos animales y alimenten la red de tráfico que sustenta este enorme negocio ilegal que está acabando con muchas especies.
Fuente: Andina