JNE: Habilitan días no hábiles como válidos para el cómputo del plazo para tachas

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió habilitar, de manera excepcional, los sábados 4 y 11, así como domingos 5 y 12 de junio de 2022, para el cómputo del plazo de tachas contra las organizaciones políticas en proceso de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE y las sedes registrales.

Según la Resolución 0871-2022-JNE, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el artículo 68 del Reglamento del ROP, en su segundo párrafo, establece una regla excepcional que autoriza al Pleno del JNE por decisión motivada y escrita a habilitar los días no hábiles como válidos para el cómputo del plazo para la interposición de tachas.

Se precisa que dicha regla, por ser excepcional, no es aplicable para cualquier supuesto, sino solo en caso de que se encuentre próxima la etapa de inscripción de candidaturas o, en su defecto, el plazo de cierre del ROP.

En ese sentido, considerando la proximidad de la fecha de vencimiento del plazo para presentar las solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos ante los jurados electorales especiales y en atención a la normativa vigente, el supremo tribunal electoral estimó necesario habilitar como válidos para el cómputo de presentación de tachas los sábados 4 y 11, así como los domingos 5 y 12 de junio.

El JNE señala que la habilitación de días no hábiles no solo responde a la configuración del supuesto de excepcionalidad para la aplicación del Reglamento del ROP, sino que contiene como fin propio optimizar el derecho a la participación política a través de las organizaciones políticas que se encuentren en etapa de publicación de la síntesis de su solicitud en el diario oficial El Peruano.

Además, se indica que el pleno del JNE, en procesos electorales anteriores, ha emitido pronunciamientos similares a la presente.

                

                   

 

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