Dentro del plazo establecido por ley, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro (JEE-LC) resolvió la totalidad de las actas observadas que le remitió la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Lima Centro, las cuales corresponden a Lima Metropolitana y a los distritos de Breña y Jesús María.
Así, de las 48 actas que figuraban en esa condición, 46 recibieron pronunciamiento el pasado miércoles 5, luego del cotejo de estos documentos contenidos en los sobres plomos (ODPE) y celestes (JEE-LC) realizado por el pleno de este último organismo electoral.
Producto de este procedimiento se determinó la validez o no de las actas revisadas, respecto a los diferentes motivos por los cuales se observaron, como son la carencia de datos, error material, ilegibilidad, falta de firmas, entre otros.
Lo resuelto por el JEE-LC se encuentra sujeto a apelación, lo cual puede efectuarse hasta el próximo lunes 10 de octubre, de acuerdo al plazo establecido. De ocurrir ello, será el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) quien tome una decisión al respecto, en última y definitiva instancia.
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Del total de actas señalado, dos contenían votos impugnados, los cuales fueron resueltos en la tarde del 6 de octubre, luego de que al mediodía se celebrara la audiencia pública para escuchar los alegatos de las organizaciones políticas que cuestionaron el presunto incumplimiento de los requisitos establecidos. Al respecto, se precisa que no se registró la presencia de abogado alguno para ejercer el derecho de defensa.
En este caso, la resolución expedida por el citado órgano electoral es definitiva, ya que la primera instancia la constituyen los miembros de mesa, quienes se manifestaron sobre el particular el día de la elección, es decir, el domingo 2 de octubre pasado.
Conforme a lo dicho, las 48 actas en cuestión fueron resueltas con celeridad y estricto apego a ley y trasladadas oportunamente a la ODPE Lima Centro para su respectivo ingreso al cómputo de resultados.
Pedidos de nulidad
Tras vencerse el pasado miércoles 5 el plazo para formular nulidades respecto a la ocurrencia de hechos externos a los locales de votación, el JEE-LC levantó un acta dando cuenta que no ingresó ninguna solicitud de esta naturaleza a este órgano electoral.
De este modo, el Pleno del citado organismo electoral, presidido por Bacilio Cueva Chauca, no posee ningún recurso pendiente de resolución, quedando a la espera del cumplimiento del plazo para interponer apelaciones por lo referido a las 46 actas observadas resueltas, anotado anteriormente.
ANDINA