El Poder Judicial informó a la población que desobedecer la orden de pasar el dosaje etílico para verificar el nivel de alcohol en la sangre, se castiga hasta con 7 años de pena privativa de la libertad.
La entidad indicó, a través de sus redes sociales, que esta causa está contenida en el artículo 368 del Código Penal.
Este documento determina que quién desobedezca la orden de realizarse un análisis de sangre o de otros fluidos corporales a fin de establecer el nivel, porcentaje o ingesta de alcohol, drogas tóxicas estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni superior a siete o prestación de servicios comunitarios de hasta 140 jornadas.
La #UnidadDeFlagrancia de Lima Centro sentenciará hasta en 48 horas a quienes cometan delitos como robo agravado, violencia familiar, entre otros.⛓️ pic.twitter.com/OatxEz2koU
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) September 12, 2023
Hasta 8 años de cárcel por manejar en estado de ebriedad
En su momento el Poder Judicial señaló de la mis manera que la pena por conducir en estado de ebriedad o drogadicción se puede castigar con tres años de cárcel y, si ello ocasiona la muerte de un peatón, hasta con ocho años de este tipo de sanción.
Foto Andina
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