La autógrafa de ley observada por el Poder Ejecutivo por la que se propone prohibir las llamadas y mensajes ‘spam’, destinadas a promocionar servicios que el consumidor no ha solicitado; junto las prácticas de ese tipo a través de ‘call centers’ o por mensajes electrónicas aprobó el pleno del Congreso por insistencia.
La iniciativa recibió 113 votos a favor. Se precisó tanto en la sustentación como durante el debate de esta que las observaciones del Ejecutivo tomaron solo en cuenta el aspecto empresarial del tema, pero no la molestia para los usuarios de estas situaciones.
La parlamentaria Rosangella Barbarán (FP), a cargo de sustentar el texto, indicó que el objetivo de este es el de ofrecer protección a los datos personales de la ciudadanía.
#PlenoDelCongreso I Se sustenta el texto sustitutorio de los PL 1192 y 2306, proponen precisar el ámbito del horario de trabajo y modificar la Ley de jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo.
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Ello se sustenta en modificaciones al artículo 58 de la ley 29571 (Código de Protección y Defensa del Consumidor), que permitirán a los usuarios de los servicios públicos no ver interrumpida ni amenazada su privacidad por las constantes llamadas y mensajes que ofrecen productos que no solicitados.
En ese sentido, el texto aprobado establece que los proveedores de estos servicios “no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, coacción, influencia indebida o dolo”.
La iniciativa determina que no se pueden usar centrales telefónicas o ‘call centers” para estas promociones.
Con 87 votos a favor, se admitió a debate la Moción 7305, propone conformar una comisión multipartidaria encargada de elaborar propuestas normativas para mejorar la gestión del sistema presupuestario.
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Se prohíbe asimismo “realizar visitas en persona al domicilio del consumidor o realizar proposiciones no solicitadas por teléfono, fax, correo electrónico y otro medio de forma persistente e impertinente, o ignorando la petición del consumidor para que cese esto”.
El texto aprobado indica, asimismo, que solo se podrán efectuar estas promociones previo consentimiento del usuario. En esos casos, ellas no se podrán hacer entre las 8 de la noche y las 7 de la mañana, ni los sábados, domingos o feriados.
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