El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó hoy el listado de medicamentos genéricos que se deben vender de forma obligatoria por las farmacias y boticas privadas de todo el país, como establece el Decreto de Urgencia 005-2024.
La Resolución Ministerial 220-2024/MINSA publicada en El Peruano, fija medidas extraordinarias en materia económica y financiera a fin de garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población.
Menciona que las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud del sector privado “deben mantener disponibles o demostrar la venta y/o adquisición de un stock mínimo mensual del 30% de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos”, que figuran en el listado.
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— Ministerio de Salud (@Minsa_Peru) March 31, 2024
El control y vigilancia para el cumplimiento de esta disposición quedará a cargo de las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional como Autoridades Regionales de Salud (ARS), según corresponda.
La supervisión de las acciones de control y vigilancia de los órganos desconcentrados estará a cargo de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).
La resolución ministerial lleva la firma del titular de Salud, César Vásquez Sánchez.
Foto Andina