Acuerdo Nacional recibirá avances de plan de reconstrucción por desastres

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Los avances del plan de reconstrucción de las zonas afectadas por los huaicos e inundaciones serán presentados cada seis meses ante el Acuerdo Nacional, de acuerdo con el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo al Congreso.

Dicha presentación estará a cargo del director ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción Con Cambio (RCC), entidad de carácter excepcional y temporal que implementará el plan de reconstrucción.

Asimismo, la RCC, los ministerios, gobiernos regionales y locales, y los pliegos ejecutores, en general, deberán publicar de manera trimestral, en sus respectivos portales institucionales, un informe del avance de la ejecución física y financiera de los proyectos.


Estas disposiciones tienen por objetivo brindar a la ciudadanía la transparencia que se requiere en esta etapa posterior a las emergencias.

El Acuerdo Nacional es el foro en el que representantes del gobierno, la oposición, partidos políticos e instituciones de la sociedad civil discuten los principales temas nacionales a fin de generar políticas de Estado que permitan solucionar problemas e impulsar el desarrollo del país.

CONTRATACIONES

Bajo la premisa de la transparencia, las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten en el marco del proyecto de ley, se someterán a procedimientos excepcionales de control gubernamental para garantizar un control eficaz sin afectar el dinamismo de la ejecución.

El control, que se hará de manera simultánea y vinculante, estará a cargo de la Contraloría, a través de empresas de empresas auditoras con representación y afiliación internacional no menor de diez años y registro vigente en Public Company Accounting Oversight Board.

Según el proyecto, el control se concentrará en el cumplimiento de la legalidad mas no en decisiones técnicas sobre las que tienen discrecionalidad los funcionarios.

Los servidores responsables de tomar decisiones que implican el ejercicio de discrecionalidad no pueden ser objeto de sanciones ni determinaciones de responsabilidad, a menos que se demuestre el dolo o la culpa inexcusable.

EFE/Foto:  tvperu.gob.pe

 

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