El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el Decreto Supremo 065-2023-EF que aprueba el reglamento de la Ley 31670, aprobada por el Congreso de la República, que crea las pensiones mínimas y establece aportes voluntarios alternativos con fines previsionales.
El acogimiento de un afiliado del Sistema Privado de Pensiones a una pensión mínima es voluntario y se puede realizar en cualquier momento, y no limitará el acceso a las prestaciones y beneficios que la AFP ya le ofrece, como por ejemplo la disponibilidad de los recursos para pago de primer inmueble o del 95.5% de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), acceso a jubilación anticipada o el acceso a otras modalidades de pensión.
La #SBSPerú informa a los usuarios lo siguiente, respecto al Reglamento de la Ley que crea las pensiones mínimas y promueve los aportes voluntarios alternativos con fines previsionales👇🏼
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— Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (@SBSPERU) April 15, 2023
El afiliado fijará el monto de la pensión mínima que quiere recibir, que no puede ser menor al monto de una Canasta Básica de Consumo. A partir de ello, la AFP proyectará el Saldo Mínimo de Jubilación que requiere alcanzar para obtener la pensión mínima, y que se irá actualizando hasta el momento de su jubilación por edad legal.
El trabajador, al alcanzar la edad de jubilación, solicitará el pago de la pensión mínima, y la AFP evaluará si el afiliado cuenta con el saldo mínimo de jubilación y, de ser el caso, si cuenta o no con recursos excedentes.
De contar con un excedente, los afiliados podrán disponer libremente de dichos recursos, o trasladarlos a la cuenta de aportes voluntarios sin fin previsional en su AFP, o bien emitir garantías negociables hasta por la totalidad de éstos.
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— Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (@SBSPERU) April 19, 2023
La Ley N° 31670 permite ampliar los aportes con fines previsionales, e incluye los abonos por devolución del pago de impuestos de renta de cuarta y quinta categoría, o cualquier otro tributo o saldo, siempre, y cuando el titular del beneficio tributario sea el afiliado.
Igualmente, señalar que la norma encarga a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP dictar los procedimientos operativos y disposiciones necesarias que permitan hacer efectivas las medidas señaladas en la Ley y el reglamento.