Aprueban protocolo sanitario para turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña

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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el protocolo sanitario sectorial ante la covid-19 para actividades de turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña.

La Resolución Ministerial 211-2020-Mincetur, publicada en El Peruano, actualiza el protocolo aprobado anteriormente (Resolución Ministerial 171-2020-Mincetur). El cambio central es que se suma la actividad de alta montaña.

A través de esta norma, las agencias de viaje que ofrecen este tipo de servicios podrán volver a operar. Para ello, deberán tener registrado el plan de vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo, de acuerdo con lo fijado en la Resolución Ministerial 448-2020/Minsa y enviarlo al correo electrónico empresa@minsa.gob.pe.

Además de cumplir con el protocolo, las agencias acatarán el reglamento de seguridad para la prestación del servicio turístico de aventura y el reglamento de canotaje turístico, según corresponda.

El protocolo sanitario sectorial ante la covid-19 para turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña determina una serie de medidas para salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios.

Entre ellas, resaltan medidas preventivas sanitarias que se deben aplicar antes, durante y al término de la operación de estas actividades, así como para el uso y desinfección del equipamiento y las condiciones para el pernocte en campo.

Foto Andina

 

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