El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio.
Se modificaron también las condiciones técnicas mínimas para obras de edificación con el BFH en esta modalidad a través de la Resolución Ministerial 120-2020-Vivivenda, publicada en El Peruano.
De esta manera, en lo que se refiere a las condiciones técnicas mínimas establecidas, en el caso de área techada, se exige que esta sea mínima de 35 metros cuadrados sin considerar aleros, la cual debe contemplar estos ambientes: una sala comedor, una cocina, dos dormitorios y un servicio higiénico, y debe estar preparada para el crecimiento progresivo vertical considerando al menos un piso adicional.
Para las viviendas construidas con sistemas constructivos no convencionales, o que no permitan el crecimiento progresivo vertical, la vivienda de interés social debe disponer de un área mínima de 45 metros cuadrados techada (sin considerar aleros), que incluya como mínimo un ambiente de usos múltiples con sala, comedor y área de cocina, tres ambientes de dormitorio, un ambiente de baño, con lavatorio, ducha e inodoro, además de zona de lavandería (puede ser no techada).
Son elegibles para el programa y para la modalidad de construcción en sitio propio aquellos predios que reúnan las condiciones para la obtención de licencia de edificación, en el marco de la normativa vigente, ser de propiedad de los grupos familiares, que en el predio no haya una vivienda con estructura permanente y/o con las características similares o superiores a una vivienda de interés social.
Ello a menos que exista una construcción techada máximo de 16 metros cuadrados y tenga servicios de electricidad, agua potable y desagüe.
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