Argentina: confirman penas por incendio en discoteca con 194 muertos

shadow

 

BUENOS AIRES.- La Justicia argentina confirmó hoy las condenas de cárcel por el incendio en la discoteca Cromañón de Buenos Aires, que dejó 194 muertos y centenares de heridos el 2004, entre ellas las penas de prisión a la banda Callejeros, que ofrecía un recital la noche del siniestro, informaron fuentes judiciales.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por los músicos, trabajadores del local y exfuncionarios locales condenados, contra las sentencias dictadas previamente por los tribunales argentinos, cuya revisión había sido ordenada por la Corte Suprema.

La Justicia confirmó la sentencia a siete años de cárcel contra el líder de Callejeros, Patricio Rogelio Santos Fontanet; de seis contra el batería, Eduardo Arturo Vázquez; y de cinco contra el bajista Christian Eleazar Torrejón, el saxofonista Juan Alberto Carbone y los guitarristas Maximiliano Djerfy y Elio Rodrigo Delgado.

Los acusados cumplían sus penas hasta que en el 2014 fue ordenada su excarcelación a la espera de la revisión del fallo.

Para la Cámara de Casación, los integrantes de Callejeros tomaron «la decisión de presentarse en un local cerrado y excesivamente sobrevendido, incluso ante la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos pirotécnicos», según informó el Centro de Informaciones Judiciales (CIJ).

«La conducta de los integrantes del grupo musical excedió el ámbito de una expresión artística, violó deberes de cuidado exigibles y, así, expuso a los asistentes a un riesgo inaceptable, que obligaba a desarrollar el espectáculo en un espacio abierto y, ya iniciado el show -frente al evidente peligro que comportaba la situación- imponía el mandato de suspenderlo», sostuvo el tribunal.

La Justicia rechazó igualmente la impugnación de Raúl Alcides Villarreal -mano derecha del administrador de la discoteca, Omar Chabán, fallecido el 2014- al estimar que su conducta incrementó el riesgo de incendio peligroso» al permitir el ingreso «de una cantidad de público abrumadoramente superior a la permitida y eximiendo a muchos de los asistentes del cacheo (de seguridad)».

También fueron rechazados los recursos presentados por otros trabajadores del espectáculo y por funcionarios del Gobierno de la capital argentina, acusados de haber incumplido su deber de vigilancia ante las violaciones de seguridad de la discoteca.

El tribunal les castigó por considerar probado que permitieron el sostenido «funcionamiento irregular e inseguro» del local pese a repetidas advertencias.

Solo fue admitida una pequeña reducción de condena para la exfuncionaria Ana María Fernández, por el «maltrato institucional» que sufrió al ver rechazado su pedido de prisión domiciliaria debido, entre otros, a razones discriminatorias vinculadas con su orientación sexual.

El trágico incendio, que dejó 194 muertos, ocurrió la noche del 30 de diciembre del 2004, provocado porque desde el público se arrojó pirotecnia al techo.

Para el concierto se habían vendido 6.000 entradas pese a que el aforo máximo de la discoteca era de 4.000 personas, entre otras irregularidades.

El siniestro costó el cargo al alcalde de Buenos Aires, Aníbal Ibarra, quien fue destituido a finales del 2005 por «mal desempeño de sus funciones» al cabo de un juicio político al que le sometió el Legislativo de la ciudad.

 

95240