La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) chatarreará, este año, unos 500 vehículos antiguos que se encuentran en estado de abandono en los depósitos vehiculares y que tienen una medida de embargo en etapa de ejecución coactiva, con el objetivo de reducir los altos índices de contaminación ambiental generados por el parque automotor y contribuir con la seguridad vial.
Esto es posible debido a que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el pasado 22 de junio, modificó dos reglamentos nacionales. Se trata del Decreto Supremo 014 -2024- MTC, a través del cual se ajustó el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo, cuya finalidad es promover el retiro definitivo o la renovación de vehículos del parque automotor, y el reglamento que establece el procedimiento para la declaración de abandono y chatarreo de los vehículos internados en depósitos.
Desde el 2022, la ATU ha dispuesto el chatarreo de 87 vehículos abandonados en los depósitos. Antes, solo se permitía destruir unidades que ingresaron a los depósitos de la entidad con una medida preventiva durante la tramitación de un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS).
Ahora, el Decreto Legislativo 1594 extiende los escenarios de aplicación del chatarreo obligatorio. Esto permitirá que las unidades vehiculares con embargo coactivo, y que se encuentran internados en los depósitos de ATU, también sean evaluados para el proceso de chatarreo obligatorio.
Es decir, con las modificaciones se amplía el ámbito de aplicación de la declaración de abandono a los vehículos que ingresaron a un depósito a causa de una medida de embargo en forma de secuestro conservativo.
Si el propietario de un vehículo en estas condiciones no ha solicitado el retiro en el plazo de 30 días hábiles desde que la resolución de sanción quedó firme, se aplicará lo siguiente:
Si el vehículo abandonado tiene una antigüedad mayor a 15 años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha de fabricación, será trasladado a una entidad de chatarreo para su disposición final, de manera obligatoria.
Si el vehículo tiene una antigüedad de hasta 15 años, se evaluará su utilidad económica considerando el valor de mercado del vehículo, determinado por un tasador; la estimación de las externalidades negativas generadas por el vehículo y el análisis de sus infracciones y/o incumplimientos.
Al respecto, Marybel Vidal, presidenta ejecutiva de la ATU, destacó que este nuevo marco normativo “fortalece las políticas del sector para luchar contra la informalidad en el transporte urbano, a través del chatarreo de vehículos abandonados que no volverán a las calles”. Además, dijo que reduce, significativamente, la emisión de gases contaminantes, lo que tiene un impacto positivo en la salud pública y el medioambiente.
Con la norma, se estima reducir, al año, unas 64 mil toneladas de CO2 y 840 toneladas de contaminantes locales, con lo que se reafirma el compromiso de la entidad con la Política Nacional del Ambiente al 2030, los compromisos internacionales del Acuerdo de París y las directrices de la OCDE.
El chatarreo también ayuda a impulsar el cambio de matriz energética en el sector, a fin de lograr un transporte moderno, seguro, formal y sostenible.