A pedido de alcaldes y gobernadores, derogan ley que regula ejecución de obras

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Luego de que los gobernadores regionales y alcaldes llegaran en la mañana a la sede legislativa para cuestionar la Ley 31876, que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional, el Pleno del Congreso aprobó la derogación de esa norma, así como de toda otra norma administrativa que se oponga a ella. Se contaron 106 votos a favor y 7 abstenciones.

Con esta decisión, la Mesa Directiva del Parlamento cumplía con lo que había anunciado temprano. Expresamente, el segundo vicepresidente del Congreso, Waldemar Cerrón, en el frontis del Palacio Legislativo y en compañía de representantes de diversas bancadas y más de 80 alcaldes distritos y provinciales del país, había reafirmado el compromiso de que la Representación Nacional derogaría ese mismo día la Ley 31876.

Al sustentar el dictamen respectivo, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, César Revilla Villanueva (FP), sostuvo que era indispensable derogar la Ley 31876, a fin de evitar cualquier limitación en la ejecución de obras por administración directa a cargo de los gobiernos regionales y locales. “Esta ley está poniendo en riesgo la posibilidad de que los señores gobernadores regionales y alcaldes terminen las obras que vienen ejecutando”, acotó.

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Por su parte, la parlamentaria Martha Moyano Delgado (FP), en su calidad de autora, propuso que se incluya en el dictamen una disposición complementaria transitoria, en los siguientes términos: “A partir de la entrada en vigor de la presente Ley se aplica de forma transitoria la Resolución de Contraloría 19588-CG, referidas a normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa”.

La propuesta fue incluida en el texto sustitutorio aprobado por el Parlamento.

La legisladora Patricia Juárez Gallegos (FP), también autora del proyecto, dijo que los actos normativos estarían causando una transgresión de manera directa al proceso de descentralización en mayor relevancia a las municipalidades provinciales y distritales más alejadas del país, al ser afectada su autonomía política, económica y administrativa, al imponerse límites hasta un monto de 50 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como tope máximo.

Asimismo, el parlamentario Luis Ángel Aragón Carreño (AP) manifestó que el artículo 10 de la Ley 31876 es otro impedimento, ya que prohíbe, en el marco de la ejecución de una obra por administración directa, la adquisición, bajo cualquier modalidad, de maquinaria y equipos con cargo al presupuesto de la obra.

En el mismo sentido se pronunciaron los parlamentarios de diversos grupos parlamentarios. La propuesta fue exonerada de la segunda votación, con lo quedó lista para ser enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

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