El Pleno del Congreso acordó extender, hasta el 30 de diciembre del 2023, el plazo para que los docentes universitarios obtengan los grados académicos de maestría y doctorado, condición legal para el dictado de cursos en los centros superiores de estudios.
De esta manera, se varió el artículo 4 del Decreto Legislativo 1496.
El congresista Esdras Medina Minaya, de Renovación Popular, titular de la Comisión de Educación, indicó que la propuesta se dirige a los docentes de las universidades públicas y privadas que cursan estudios de posgrado, sin grado académico o con grado académico en proceso de registro ante la Sunedu.
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“De lo contrario, serán considerados en las categorías que les corresponda de acuerdo a los grados académicos o concluye su vínculo laboral o contractual, según corresponda. También, se precisa que la presente ley es de carácter excepcional”, explicó.
La disposición complementaria final establece que la modificación de este artículo comprende a todos los docentes que, al 30 de noviembre del 2021, estuviesen cursando un programa de maestría con la finalidad de acceder al grado de magíster o a los profesores que estuviesen cursando un programa de doctorado a fin de obtener el grado de doctor.
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