La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, aprobó por mayoría con 13 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones, el dictamen de los proyectos de Ley 6816/2023-CR, 06281/2023-CR, 06280/2023-CR, 06211/2023-CR, entre otros, que propone la reforma constitucional para crear la Escuela Nacional de la Magistratura y el Consejo de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia.
El dictamen propone la reforma constitucional de los artículos 142, 147, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 182 y 183 de la Constitución Política del Perú, y que incorpora los artículos 144-A y 150-A.
Ello con la finalidad de crear la Escuela Nacional de la Magistratura y el Consejo de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia, y regular constitucionalmente la Autoridad Nacional de Control de la Judicatura del Poder Judicial y la Autoridad Nacional de Control de la Función Fiscal del Ministerio Público.
El texto sustitutorio aprobado contiene tres artículos y tres disposiciones complementarias finales, en los cuales se plantea crear la Escuela Nacional de la Magistratura, la cual será el centro superior de alta especialización e investigación académica encargada de la selección y formación de los aspirantes a jueces y fiscales, así como de su nombramiento, siendo responsable de la capacitación con fines de ascenso y de su actualización y perfeccionamiento.
Asimismo, se indica que el órgano de gobierno de la Escuela Nacional de la Magistratura es el Consejo Directivo, el que se encontrará integrado por un juez supremo titular, en actividad o cesante, elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, un fiscal supremo titular, en actividad o cesante, elegido por la Junta de Fiscales Supremos.
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Asimismo, un ex rector de las universidades nacionales y públicas licenciadas y con más de cincuenta años de antigüedad, elegido por sus rectores en ejercicio en un proceso electoral organizado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Entre las modificaciones se propone, también, que para ser juez de la Corte Suprema y ejercer como tal, se requiere tener más de cincuenta años y haber ejercido como juez de la Corte Superior o como fiscal superior durante diez años.
Previo al voto, los legisladores Gladys Echaíz de Núñez Izaga (HyD), Adriana Tudela Gutiérrez (Avanza País), Patricia Juárez Gallegos (FP) y Waldemar Cerrón Rojas (PL), plantearon diversos aportes para enriquecer el texto.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Constitución y reglamento, Martha Moyano Delgado (FP), insistió en que este dictamen es una reforma constitucional donde no se puede cerrar las diversas modificaciones que se contemplan.
“Los temas a detalle los debemos establecer en una ley orgánica. Esta es la posición de la Presidencia, en todo caso tenemos mayor espacio para poder debatirlo a nivel del Pleno”, sostuvo.
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En el debate, los legisladores Edgard Reymundo Mercado (CD-JP) y Víctor Cutipa Ccama (CD-JP) expresaron su malestar al considerar que la convocatoria a la referida sesión no se habría realizado en los plazos establecidos.
“Esta convocatoria contradice las normas procedimentales contenidas en el Reglamento del Congreso. Esta sesión no ha sido convocada con las 24 horas de anticipación que se requiere”, refirió Reymundo Mercado.
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