Aprueban ley que sanciona el acaparamiento y la especulación

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El pleno del Congreso aprobó por insistencia el proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del Consumidor para sancionar con penas de cárcel el acaparamiento, la especulación y la adulteración.

La insistencia del dictamen observado por el Ejecutivo, fue aprobada por 121 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones.

El dictamen dispone sancionar con una pena de cárcel de dos a seis años al que abusa de su posición dominante en el mercado o el que participa en prácticas y acuerdos restrictivos en la actividad productiva, mercantil o de servicios con el objeto de impedir, restringir o distorsionar la libre competencia.

También dispone una pena de cárcel de cuatro a seis al que abusa de su posición dominante en el mercado o al que participa en prácticas y acuerdos restrictivos en la actividad productiva mercantil o de servicios, con el objetivo de impedir, restringir o distorsionar la libre competencia.

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En el caso del acaparamiento, la norma dispone sancionar con una pena no mayor de cuatro ni menor de seis años al que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida y la salud de las personas con la sustracción o acaparamiento, con la finalidad de alterar los precios habituales en su beneficio en perjuicio de los consumidores.

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La norma precisa también una pena no menor de dos ni mayor de seis para el productor, fabricante, proveedor o comerciante que incremente los precios de bienes y servicios habituales esenciales para la vida y la salud de las personas usando prácticas ilícitas que no se sustenten en una real estructura de costos, aprovechando la mayor demanda. La pena será de 4 a 8 años si se comete el delito en estado de emergencia.

Para la adulteración, señala una pena de uno a tres años de penal para el que altera o modifica la calidad, cantidad, peso o medida de algún bien en perjuicio del consumidor. Si el delito se comete en situación de calamidad pública o estado de emergencia, será de 4 a 6 años.

ANDINA

 

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